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Volver a Especial elecciones

Reglamentado voto en el exterior

Imágen: Reglamentado voto en el exterior El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó el Reglamento General a la Ley Orgánica para el Ejercicio del Derecho de los Ecuatorianos Domiciliados en el Exterior para elegir Presidente y Vicepresidente de la República.

Este documento especifica que este voto, a diferencia de lo que ocurre dentro del país, es voluntario. Los domiciliados en el extranjero deberán acercarse al consulado más cercano para sufragar.

Podrán acceder a votar quienes se encuentren empadronados. En el extranjero votarán alrededor de 142 mil personas. La lista de empadronados deberá ser publicada en la parte exterior de los Consulados, con al menos 15 días de anticipación al día de las elecciones, también se podrá emplear publicidad en los medios de comunicación para dar a conocer estos datos.

Al Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de los consulados, le corresponde organizar, dirigir, garantizar y vigilar el proceso electoral, el TSE solo se encargará de la vigilancia.

Cada Junta Receptora del Voto en el exterior estará integrada por 7 miembros.

La votación se llevará a cabo, igual que en el Ecuador, el 15 de octubre para la primera vuelta y el 26 de noviembre para la segunda. Los resultados no se harán públicos hasta que en el Ecuador sean las 17h00.

Fuente: www.lahora.com.ec

 
     
 

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